Una nota simple es un documento informativo que emite el Registro de la Propiedad que aporta información relevante sobre un inmueble determinado. Si has encontrado una vivienda en la que estés interesado en invertir y has solicitado este documento, en el post de hoy te contamos cómo entender la nota simple y toda la información que contiene.
Para solicitar la nota simple de una vivienda, debes ingresar en el portal del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España. Despliega la opción de Accesos y rellena el formulario (el pago se realiza con tarjeta).
En la solicitud debes indicar el motivo por el que la requieres. Automáticamente, recibirás la solicitud en tu correo electrónico. Rápido, fácil y directo.
Aunque no todas las notas simples tienen el mismo formato, sí que tienen en común la información que contienen. Te contamos cuál es a continuación.
En primer lugar, encontramos los datos de la oficina del Registro de la Propiedad que ha emitido la nota simple en cuestión.
El número de la finca es el número identificador del inmueble en el registro de la propiedad concreto y no suele tener más de seis cifras.
El Idufir, Identificador Único de Finca Registral, es un código numérico único que identifica una propiedad ante todos los Registros de la Propiedad.
En este apartado consta de una breve descripción de la finca, en la que aparece información sobre los metros cuadrados de la vivienda, su referencia catastral, dónde se encuentra ubicada, o cuál es su superficie, entre otros datos.
En este apartado se identifica a los titulares de derechos sobre la finca en cuestión, y se detalla el tipo de derecho que posee, el porcentaje y en virtud de qué título es poseedor de ese derecho.
El autorizante es el Notario que dio fe del derecho que comentamos anteriormente, de la fecha en la que se produjo y la inscripción registral en la que se realizó el acto.
En una nota simple se indican las cargas económicas que tiene una vivienda. Si se pidió un préstamo hipotecario, aparecerá el importe principal del préstamo, no el préstamo vivo actual. Por eso, se recomienda solicitar al banco el certificado de deuda pendiente a fecha de la firma de la compraventa.
Por último, aparece la fecha de emisión de la nota simple y se indica si hay documentos pendientes de despacho.
En el caso de que exista una hipoteca sobre el inmueble, esta información aparecerá en un epígrafe independiente. En este se mostrará:
Si necesitas ayuda con el Registro de la Propiedad de un inmueble, no tienes claro qué es la nota simple o tienes dudas sobre el proceso de compraventa, en Tiko ¡podemos ayudarte!
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tengo la nota simple de una propiedad que quiero comprar , pero dice lo siguiente y no se que significa
Se advierte que la finca no está coordinada en los términos del Art.10 de la Ley
Hipotecaria.
Esta finca queda afecta por cinco años al pago de las liquidaciones
complementarias que eventualmente puedan girarse por el impuesto sobre
Sucesiones y Donaciones, del que se ha presentado la correspondiente
liquidación
por favor me pueden ayudar y decirme que significa , tiene cargos? muchas gracias!
Hola, Inma. En cuanto a las dudas que nos planteas no debes preocuparte por ello.
En cuanto al art. 10 de la Ley Hipotecaria, viene a especificar que la vivienda no está coordinada en el catastro. Al final lo que viene a indicar es que si no existe un número de finca, esta no puede ser hipotecada y es simplemente una advertencia. Seguramente cuando el promotor hizo la división horizontal de las viviendas, no se especificó la referencia catastral de cada piso. Esto no es relevante para la compraventa, pero lo que sí debes pedir a la parte vendedora es que te indique la referencia catastral aportando el último recibo del IBI.
En cuanto a las advertencias fiscales, se trata simplemente de una anotación por parte del registro de que los impuestos por la última transmisión o movimiento de la finca han sido satisfechos, pero como ellos no son Hacienda, indican que la finca puede responder de posibles complementarias, pero a todos los efectos solo le corresponde abonar al sujeto pasivo de dicha transmisión.
Cuando compréis, pagaréis los impuestos correspondientes y se anotará otra advertencia fiscal, ya que hacienda tiene 4 años para comprobar que se ha tributado correctamente. De todas formas, te aconsejamos que contactes con un asesor especializado que pueda informarte con más detalle. Un saludo.
Buenos días, quiero comprar un inmueble y en la nota simple en la parte de cargas aparece:
Hipoteca a favor de la entidad X en garantia de un prestamo por correspondiendo a esta finca 108.145,54 euros de principal; intereses ordinarios; por un total de 12,977,46 euros, intereses de demora por un total de 38.932,39 euros; unas costas y gastos judiciales de 18.384,74 euros; unos gastos extrajudiciales de 3244.37 euros con un plazo de 384 meses, a contar desde el 31 de enero de 2013 con fecha de vencimiento del 31 de Diciembre de 2042.
¿Qué es lo que significan estas cargas, y en qué me puede repercutir a la hora de comprar este inmueble? ¿ Es normal?
Gracias, un saludo.
Hola, María. Es totalmente normal que cuando compres una vivienda, tengas que cancelar la hipoteca del titular actual. Para ello, vende la propiedad para cancelar la carga y obtener un beneficio tras la cancelación económica de la hipoteca.
Lo que debe aportar el vendedor en el momento de la firma es el saldo pendiente de la hipoteca, y la parte compradora deberá retener ese importe del precio de venta para que se pueda cancelar la misma. No debes preocuparte, ya que ningún notario te permitirá firmar una compraventa sin que la parte vendedora acredite que vende libre de cargas. Si tienes hipoteca seguramente tu banco se encargue de solicitar toda la documentación al vendedor para cerciorarse de que se compra libre de cargas. Es el procedimiento habitual en nuestro país.
De todas formas, te aconsejamos que contactes con un asesor especializado que pueda informarte con más detalle. Un saludo.
Hola,
Me interesé por un inmueble, pero cuando fui a comprarlo me dijeron que había una compraventa que no estaba elevada al registro publico, esto me adustó un poco. He revisado muchas veces la nota simple de la vivienda pero no termino de entender esto:
En unión de 120 fincas más queda afecta por cinco años, al pago de la Liquidación, que por el impuesto, en su caso, proceda, quedando liberada por la cantidad de 206,000 euros, satisfechos por autoliquidación. LUGAR, a 2011. Según nota al margen de la Inscripción/Anotación 1.
Esta finca queda afecta, durante el plazo de cinco años, al pago de la liquidación o liquidaciones que, en su caso, puedan girarse por el impuesto de transmisiones autoliquidado. LUGAR, a 2011. Según nota al margen de la Inscripción/Anotación 2.
Esta finca queda afecta, durante el plazo de cinco años, al pago de las liquidaciones que, en su caso, puedan girarse por el impuesto de transmisiones. LUGAR, a 2013, con una cantidad especificada en euros. Según nota al margen de la Inscripción/Anotación 3.
Esta finca queda afecta durante el plazo de cinco años, al pago de la liquidación o liquidaciones que, en su caso, puedan girarse por el impuesto exento de transmisiones. LUGAR, a 2014. Según nota al margen de la Inscripción/Anotación 4.
Alegada exención, queda afecta por cinco años al pago de la liquidación, que por el impuesto, en su caso, proceda; por haberse alegado la exención del mismo. LUGAR, a 2014. Según nota al margen de la Inscripción/Anotación 5.
Esta finca queda afecta por cinco años al pago de la liquidación, o liquidaciones que, en su caso, puedan girarse por el impuesto autoliquidado de transmisiones. LUGAR, a 2015, con una cantidad liberada de 1,500 euros. Según nota al margen de la Inscripción/Anotación 6.
¿Cuantas veces se ha transmitido este inmueble? ¿Y qué puedo hacer para averiguar esa compra-venta que no está elevada al registro? ?Se supone que aparece en la nota simple? Muchas gracias…
Hola, Sara. Lo que nos consultas son afecciones fiscales que muestran la trayectoria de la construcción de la vivienda, división horizontal, terminación de la obra, y posterior transmisión.
Si te han comentado que está pendiente una transmisión y no está elevado a público quiere indicar que la vivienda actualmente no está a nombre del titular real,. Es decir, la parte vendedora debe actualizar la finca y la titularidad inscribirse para que puedan vender. En cuanto a todas las afecciones fiscales que ves en la nota, por temporalidad están caducadas ya que a los 5 años el registro las eliminará. Debes centrarte en pedir esa elevación a público de la titularidad de la finca y que esté inscrita antes de la venta para evitar incidencias posteriores.
De todas formas, te aconsejamos que contactes con un asesor especializado que pueda informarte con más detalle. Un saludo.
Hola, muy útil la publicación, muchas gracias por el trabajo.
Tengo una consulta, en la nota simple pone por un lado:
"Gravada con na servidumbre en méritos de la cual las fincas 38004 y 38002 puedan
utilizar las terrazas de 18 m2 y 20 m2 sitas enla primera planta alta de la
C.S.V.:
finca 19962."
Y por otro:
"Afecta durante el plazo de 5 años al pago del impuesto.
LIBERADA en cuanto a la cantidad de 51.629,99 euros.
Carga inscrita con fecha: 15/07/2024 caduca: 15/07/2029 0:00:00
Tomo: Libro: Folio: Al Margen de Insc/Anot: 3"
¿Debería preocuparme con estas cargas y me pueden afectar después de la compra?
Gracias.
Hola, Joan. No debes preocuparte, ya que la servidumbre de esa terraza implica que puede ser utilizada por las fincas que identifica en dicha servidumbre. Es decir, las servidumbres no se pueden eliminar de la finca y simplemente hace referencia a al derecho que tienen estas.
En cuanto a la afección fiscal, simplemente identifica que el propietario anterior pagó sus impuestos, y que si Hacienda considera que no es correcto le pueden girar una complementaria, pero esa complementaria se la giran a ese sujeto pasivo y no te afecta a ti. Simplemente el registro lo plasma porque así lo exige la ley.
De todas formas, te aconsejamos que contactes con un asesor especializado que pueda informarte con más detalle. Un saludo.
Hola,
Mi nota simple indica que soy titular al 100% de pleno dominio de la finca que se compró en el 2014. Pero no pone nada de la casa que hemos construido después. ¿El hecho que la finca sea a mi nombre implica que la casa también está a mi nombre?
¿Como puedo saber a nombre de quién está la casa?
Hola, Philippe. Lo primero que debes verificar en la nota simple es si aparece como finca vivienda o simplemente aparece el terreno de la misma. Si compraste el terreno y luego construiste la finca, debes acudir a la notaría para legalizar la situación de la misma, ya que lo que no está inscrito no existe de cara a una posible venta posterior.
De todas formas, te recomendamos que acudas a tu notario de confianza con la documentación que tengas de la finca y te indicarán los pasos que tienes que seguir para poner todo en regla. Un saludo.