Todos nos hemos encontrado alguna vez en una situación de contaminación acústica: los vecinos, el bar de abajo, obras… Vivir con exceso de ruido es muy incómodo. Descubre los decibelios permitidos en casa y la normativa vigente al respecto. ¡Sigue leyendo!
La Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, recoge todos los aspectos legales relacionados con la contaminación acústica. En general, durante el horario diurno está prohibido superar los 35 decibelios y durante el nocturno, los 30. Sin embargo, esta normativa es muy básica y no incluye en su ámbito de aplicación las actividades que se realizan dentro de casa ni, por tanto, el comportamiento de los vecinos. Por eso, la contaminación acústica se regula a nivel local a través de Ordenanzas Municipales que recogen las franjas horarias de ruidos. Por ejemplo la Ordenanza del Ayuntamiento de Madrid contempla:
Tanto los valores de ruido máximos permitidos como los mecanismos de control para ponerle fin a la contaminación acústica dependen de cada ayuntamiento. Además, es importante tener en cuenta que los niveles máximos de ruido dependerán, como ya hemos visto en el caso de Madrid, de la franja horaria en la que se realicen.
Como comentábamos antes, la gestión de los decibelios permitidos en casa depende de cada municipio y lo que regule su ayuntamiento. Sin embargo, por lo general, el horario en que los municipios permiten hacer ruido es el siguiente:
Los permisos de la actividad de los negocios y los permisos de obras en casa suelen comprender estos horarios. Fuera de estas franjas prima el descanso de los vecinos y los decibelios permitidos bajan.
Es bastante común y a todos nos ha pasado alguna vez, que un vecino del edificio está haciendo una fiesta, con la música a todo volumen y no nos deja dormir. ¿Qué debemos hacer en estos casos? La primera vía en estos casos es el diálogo, informarle y avisarle de las molestias que está causando para intentar que cese o disminuya el ruido.
En el caso de que el vecino no acceda o este comportamiento se prolongue en el tiempo se deberá llamar a la policía local para que actúen en consecuencia, haga las mediciones oportunas y garantice el descanso vecinal.
Es importante saber que los decibelios sólo se pueden medir a través de un sonómetro y es la policía quien dispone de este tipo de aparatos, aunque si tienes problemas de ruido y quieres hacer una medición también puedes encontrarlos en grandes ferreterías y en Internet.
Si creemos que se están superando los decibelios lo ideal es llamar a la policía local para que acuda al lugar de la emisión del ruido y lo mida. Así se podrá abrir un expediente sancionador contra la persona o empresa que está superando los decibelios permitidos.
Otra de las situaciones de contaminación acústica, que es bastante común, son los excesos de ruido por obras. Si nos encontramos en una situación de este tipo, ¿qué debemos hacer? Lo primero que tenemos que tener en cuenta es que debemos guiarnos por la normativa que establece el municipio donde nos encontramos. Además, en este caso se deben tener en cuenta las normas mínimas de convivencia que se hayan establecido en el régimen interno de cada comunidad de vecinos, siempre y cuando no contravengan la Ley.
Por lo tanto, a no ser que la comunidad de vecinos haya dado permiso, nadie podrá realizar obras fuera del horario establecido por cada ayuntamiento (generalmente de lunes a viernes de 8:00h a 21:00h o 22:00h y los fines de semana de 9:30h a 21:00h). Las obras por supuesto deberán contar con su correspondiente licencia de obras emitida por el propio ayuntamiento.
¿Vives encima de un comercio o en una zona de bares y discotecas? Si es así, seguro que este tema te toca de cerca. Este es otro de los focos de ruido que suelen causar problemas a los vecinos. Por norma general, la franja en la que hay que preservar el descanso es entre las 21.00 y las 8.00 horas. Sin embargo, esto muchas veces no se respeta.
Los procedimientos de control del ruido vienen establecidos tanto por la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, de Ruido como por las diferentes ordenanzas de cada Ayuntamiento. La policía local puede, además, establecer inspecciones sobre el titular del bar para asegurarse que la actividad molesta no se repite.
Aunque cada municipio tiene su propia normativa marcada por el ayuntamiento, por norma general las sanciones o multas por exceso de ruido suelen ir desde los 600€ hasta los 3.000€. Sin embargo, la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, establece que si son casos muy graves que se han realizado en zonas con protección acústica, puede haber sanciones de hasta 300.000€.
En la mayoría de ocasiones estas sanciones no solucionan los problemas de ruido y soportamos en casa más decibelios de los permitidos. Incluso hay casos extremos en los que las personas afectadas se han visto obligadas a mudarse de casa.
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