Derecho de tanteo y retracto: qué es, cuándo se usa y cuándo caduca

El derecho de tanteo y el derecho de retracto está recogido en el artículo 1521 del Código Civil y hace referencia al derecho del inquilino de adquisición preferente del inmueble en el que viva en caso de que el propietario decida venderla. Si eres inquilino o propietario y estás en esta situación seguro que te han quedado dudas. Tranquilidad, hoy en Tiko descubrimos  todo sobre el derecho de tanteo y retracto. ¡Sigue leyendo!

¿Qué es el derecho de tanteo?

El derecho de tanteo obliga al propietario de una vivienda o local a informar de la venta y de las condiciones de la misma al inquilino otorgándole la preferencia de compra del inmueble frente a terceros y manteniendo el precio y las condiciones de venta.

Aunque el propietario ya tenga terceros interesados en la compra del inmueble, este derecho preferente obliga al inquilino a ofecerla en las mismas condiciones.

El inquilino dispone de 30 días para dar respuesta y ejercer su derecho preferente de compra del inmueble.

¿Qué es el derecho de retracto?

El inquilino puede ejercer el derecho de retracto cuando la venta del inmueble a un tercero ya se ha producido. En los 30 días posteriores a la venta del inmueble el inquilino puede ejercer su derecho de retracto. En ese caso, la venta quedaría sin efecto y el inquilino compraría la vivienda con el mismo precio y condiciones pactadas en el contrato de compraventa anulado. Este tipo de retracto es el retracto legal.

Hay otro tipo de retracto. El retracto convencional, que es el que sucede cuando el vendedor se arrepiente de la venta y se reserva el derecho de recuperar el bien que ha vendido.

¿Cuándo se usa el derecho de tanteo y retracto?

A pesar de que cuando los describimos, el derecho de tanteo y el derecho de retracto pueden parecer similares, la principal diferencia entre ellos es el momento de ejercer el derecho.

El derecho de retracto sólo se ejercerá si el afectado no ha podido ejecutar el derecho de tanteo.

¿Qué caducidad tiene el derecho de tanteo y retracto?

Ambos derechos tienen una caducidad de 30 días naturales para ejercerlo.

  • Derecho de tanteo. El inquilino tiene 30 días desde que es notificado para ejercer su derecho de compra.
  • Derecho de retracto. Se da la misma situación. Expira a los 30 días a partir de que el inquilino es informado, a través de la escritura de compra, de las condiciones y el precio al que se ha realizado la venta de la vivienda. Si el inquilino ejerce su derecho de retracto, pasa a subrogarse en la posición del comprador y se mantiene la compraventa de la vivienda en esas mismas condiciones.

Esto ha sido un breve resumen de qué son el derecho de tanteo y el derecho de retracto y cómo podemos diferenciarlo. Aún así, si sigues teniendo preguntas, te recordamos que en Tiko podemos ayudarte a resolver todas tus dudas acerca de estos derechos.

¡Estamos a tu disposición!

Equipo de Tiko

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